Flexibilizacion Fase 2

Este sábado se publicó en el BOE la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la FASE 2  del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que previsiblemente entrará en vigor el próximo 25 de mayo.

En esta orden, además se introducen las siguientes modificaciones en la Orden SND/388/2020 (referida a la FASE 1), de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la práctica del deporte profesional y federado (que entrarán en vigor a las 00:00 horas de mañana 18 de mayo):

– Los DEPORTISTAS FEDERADOS podrán realizar entrenamientos DE FORMA INDIVIDUAL, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites de la PROVINCIA en la que tengan su residencia.
– Queda permitida la caza y la pesca deportiva y recreativa en las condiciones que marca el capítulo XV de la Orden.

 

BOE-A-2020-5088.pdf

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